Llevar un coche a Canarias puede parecer sencillo hasta que aparecen el DUA, el IGIC, la valoración fiscal y la ITV. Para calcular el coste real hay que distinguir el origen del vehículo, su valor en aduana, la potencia fiscal y las posibles exenciones. Aquí explico cómo hacer la cuenta, qué documentos preparar y qué trámites quedan después del despacho.
La cuenta depende del origen, el valor y la clasificación del coche
- El DUA no es un impuesto, sino la declaración aduanera que permite liquidar los tributos.
- Desde la Península o Baleares normalmente se paga IGIC, pero no arancel.
- Un vehículo eléctrico puede tributar al 0 % de IGIC si cumple las condiciones vigentes.
- La base no siempre es el precio de compra: puede utilizarse el valor fiscal o de aduana.
- El traslado de residencia permite solicitar una exención del IGIC si se cumplen todos los requisitos.
El DUA no es el impuesto que encarece el coche
El DUA, o Documento Único Administrativo, es la declaración con la que se informa de la entrada definitiva del vehículo en Canarias. El importe que normalmente preocupa al propietario es el IGIC, al que pueden añadirse aranceles, gastos portuarios, honorarios de despacho y trámites de matriculación.
El documento cambia según el lugar de procedencia. Un coche que llega desde la Península o Baleares se tramita como una declaración de introducción y no paga derechos arancelarios. Si procede de un país tercero, Ceuta o Melilla, se presenta una declaración de importación y pueden aparecer tanto arancel como IGIC.
| Procedencia del vehículo | Declaración habitual | Tributos principales |
|---|---|---|
| Península o Baleares | DUA de introducción, tipo CO | IGIC, salvo exención |
| Otro país de la Unión Europea | DUA de introducción, tipo CO | IGIC, salvo exención |
| País tercero, Ceuta o Melilla | DUA de importación, tipo IM | Arancel e IGIC, salvo exención |
También conviene separar este trámite del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, conocido como impuesto de matriculación. Puede ser aplicable cuando un vehículo se matricula por primera vez en España, pero no es lo mismo que el IGIC de una introducción desde la Península.
Qué tipo de IGIC se aplica a cada coche
En 2026 no existe un único porcentaje para todos los vehículos. La clasificación de la ficha técnica, la potencia fiscal, las emisiones y el uso previsto pueden cambiar bastante la factura. Por eso recomiendo mirar los CV fiscales, no solo la cilindrada o los caballos comerciales.
| Tipo de IGIC | Casos habituales | Condición importante |
|---|---|---|
| 0 % | Vehículos eléctricos y determinados híbridos | Los híbridos deben cumplir el límite de 110 g de CO₂/km WLTP. Los eléctricos no incluyen ciertos quads ni vehículos ferroviarios. |
| 3 % | Vehículos para personas con movilidad reducida o adaptados | La aplicación requiere reconocimiento previo de la Agencia Tributaria Canaria. |
| 7 % | Camiones, furgones, furgonetas, autobuses, vehículos industriales y algunos mixtos | La configuración objetiva del vehículo debe justificar ese uso. |
| 9,5 % | Turismos de hasta 11 CV fiscales que no estén en otra categoría | Hay que comprobar la potencia fiscal que aparece en la documentación. |
| 15 % | Vehículos de motor de más de 11 CV fiscales y determinados quads, caravanas y autocaravanas | La clasificación fiscal concreta puede modificar el tipo aplicable. |
Un error frecuente es asumir que un turismo grande siempre tributa al 7 % porque se considera un vehículo de uso particular. En la práctica, la potencia fiscal y la categoría homologada pesan más que la descripción comercial del modelo.
Cómo calcular el importe paso a paso
1. Determina el valor que utilizará Aduanas
La base suele partir del valor en aduana. Cuando existe una compraventa, se puede tomar como referencia el precio de la factura o del contrato, junto con los gastos de transporte y seguro hasta la entrada en Canarias. Si el precio parece anormalmente bajo o no existe una transmisión, la Administración puede acudir a métodos secundarios de valoración.
En vehículos usados resulta especialmente importante consultar las tablas de precios medios de 2026 y aplicar la depreciación correspondiente. Como orientación, el porcentaje de valor remanente suele reducirse así:
| Antigüedad desde la primera matriculación | Porcentaje orientativo sobre el precio medio |
|---|---|
| Hasta 1 año | 100 % |
| Más de 1 y hasta 2 años | 84 % |
| Más de 2 y hasta 3 años | 67 % |
| Más de 3 y hasta 4 años | 56 % |
| Más de 5 y hasta 6 años | 39 % |
| Más de 10 años | 17 % |
Estos porcentajes sirven para orientarse, pero no sustituyen la valoración oficial del modelo exacto. Una diferencia entre el precio pagado y el valor fiscal puede hacer que el IGIC se calcule sobre una base superior a la que esperaba el comprador.
2. Aplica el porcentaje de IGIC
Para una introducción desde la Península, la fórmula básica es sencilla:
IGIC = base imponible × tipo de IGIC
Por ejemplo, si la base reconocida es de 18.000 euros y el vehículo queda sujeto al 9,5 %, el impuesto sería de 1.710 euros. Si el tipo aplicable fuera del 15 %, la cuota subiría a 2.700 euros. La diferencia entre ambas situaciones alcanza los 990 euros, así que comprobar los CV fiscales antes de embarcar puede evitar una sorpresa considerable.
3. Añade aranceles cuando proceda
En un coche procedente de un país tercero, primero hay que comprobar el código TARIC, el país de origen y si existe algún acuerdo preferencial. Sin esos datos no es responsable dar un porcentaje fijo de arancel. Después se calcula el IGIC sobre la base que corresponda, que puede incluir el valor aduanero, los derechos arancelarios y determinados gastos accesorios.
El coste final no es solo la cuota tributaria. Yo suelo separar la previsión en cuatro bloques: transporte y puerto, despacho o representación aduanera, impuestos y trámites posteriores como ITV, matriculación, tasas, placas y seguro.
Cuándo puedes evitar el IGIC por cambio de residencia
Si trasladas tu residencia habitual a Canarias y llevas contigo un vehículo que ya utilizabas, puedes solicitar la exención del IGIC. No se concede automáticamente por mudarse de isla o de comunidad autónoma, sino que hay que justificar cada requisito junto con el DUA.
- Ser una persona física que traslada su residencia habitual a Canarias.
- Haber tenido el vehículo en posesión y uso durante, al menos, seis meses antes del traslado.
- Haber residido fuera de Canarias durante 185 días por año natural si se procede de la Península, Baleares, Ceuta, Melilla u otro país de la Unión Europea.
- Si el vehículo procede de un país tercero, acreditar normalmente 12 meses de residencia anterior.
- Introducir el vehículo dentro de los 12 meses siguientes al cambio de residencia.
- No venderlo, cederlo ni alquilarlo durante los 12 meses posteriores, salvo causa justificada.
La documentación suele incluir DNI o NIE, permiso de circulación, ficha técnica, billete del vehículo, certificado de empadronamiento y pruebas de residencia anterior. Si el coche no figura a nombre del importador, pueden ser útiles el seguro, los recibos de financiación o la acreditación como conductor habitual.
La solicitud debe plantearse desde el despacho de importación. Presentar primero el DUA sin pedir el beneficio fiscal puede hacer que la exención no sea aplicable, especialmente cuando se necesita un reconocimiento previo.
Qué ocurre después del DUA con la ITV
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Una vez liquidado el DUA y obtenido el documento diligenciado, llega la parte técnica y administrativa. El DUA demuestra que el vehículo ha entrado legalmente y que los impuestos se han gestionado, pero no sustituye la ITV ni la matriculación.
Vehículo extranjero o sin matrícula española
- Reunir el DUA, la factura o contrato de compraventa, la documentación original y el certificado de conformidad europeo, si existe.
- Solicitar una ITV de importación para comprobar la identidad, homologación y características del vehículo.
- Resolver las reformas o adaptaciones que no estén documentadas.
- Obtener la ficha técnica española y tramitar la matriculación ante la DGT.
- Pagar las tasas correspondientes, el impuesto municipal de circulación y contratar el seguro obligatorio.
La ITV puede complicarse si el coche no tiene homologación europea, si procede de fuera de la Unión Europea o si incorpora modificaciones. En esos casos pueden pedir una homologación individual o documentación técnica adicional. El certificado de conformidad europeo suele ahorrar tiempo cuando el vehículo lo tiene.
Lee también: FIVA y el seguro del coche - cuándo sirve y cuándo usar miDGT
Coche ya matriculado en España
Si el automóvil llega desde la Península con matrícula española, normalmente no hay que matricularlo de nuevo en Canarias. Aun así, la entrada definitiva debe declararse y puede quedar sujeta al IGIC. La ITV solo será necesaria si está caducada, si existen reformas pendientes o si el trámite concreto exige una inspección adicional.
Para particulares con vehículos de matrícula española existen opciones de autodespacho, aunque las empresas y los vehículos con matrícula extranjera suelen necesitar un representante aduanero. Si el vehículo permanece solo temporalmente, no conviene tramitarlo como una importación definitiva sin revisar antes el régimen aplicable.
Errores que alteran el cálculo del DUA
El fallo más caro es calcular el impuesto sobre el precio anunciado en internet sin comprobar qué valor aceptará la Administración. También se confunde con frecuencia el precio sin IVA, el valor fiscal y el valor en aduana, que no siempre coinciden.
- Usar el 7 % de IGIC para cualquier turismo particular.
- Confundir los caballos comerciales con los CV fiscales.
- Olvidar el transporte, el seguro y otros costes que pueden influir en la base.
- Presentar tarde la solicitud de exención por traslado de residencia.
- Comprar un vehículo extranjero sin revisar antes su homologación.
- Contar solo el impuesto y olvidar puerto, consignataria, gestoría, ITV, tasas y placas.
Mi recomendación es pedir una simulación completa antes de pagar el coche. Debe incluir valor aduanero, tipo de IGIC, posible arancel y trámites posteriores. Si la diferencia entre comprarlo fuera y adquirirlo ya en Canarias es pequeña, la opción local puede ser más sencilla y terminar costando menos.
La cifra que conviene tener cerrada antes de embarcar
Para calcular el DUA de un coche en Canarias necesitas cuatro datos fiables: procedencia, valor aceptable, categoría fiscal y situación de residencia. Con ellos puedes estimar el IGIC y detectar si existe una exención, pero la liquidación final dependerá de la documentación presentada y de la clasificación que admita Aduanas.
Antes de embarcar, guarda la factura o contrato, el permiso de circulación, la ficha técnica, el billete del vehículo y tus justificantes de residencia. Una carpeta documental completa no elimina los impuestos, pero sí reduce retrasos, rectificaciones y gastos inesperados durante el despacho y la ITV.