Comprar un coche usado puede parecer tan sencillo como pagar, recoger las llaves y marcharse, pero una firma incompleta puede dejar multas, impuestos o averías en manos de la persona equivocada. En este artículo explico cómo preparar un contrato de compraventa de vehículo en España, qué revisar sobre la ITV, qué documentos hacen falta y cuáles son los plazos para completar el cambio de titularidad.
Lo esencial para comprar o vender un vehículo sin dejar cabos sueltos
- Dos copias firmadas del contrato, con fecha y hora exactas.
- El comprador debe tramitar el cambio de titularidad en un plazo máximo de 30 días.
- El vendedor debe comunicar la venta a Tráfico dentro de 10 días y, por seguridad, hacerlo cuanto antes.
- La ITV caducada impide circular y puede retrasar la expedición del nuevo permiso.
- Antes de pagar conviene pedir un informe de la DGT y comprobar cargas, multas e impuestos.
Qué debe contener el contrato para proteger a ambas partes
Entre particulares no suele ser necesario acudir a un notario. Un documento privado firmado por comprador y vendedor puede acreditar la operación, siempre que recoja con claridad quién vende, quién compra, qué vehículo se transmite y en qué condiciones.
Yo no firmaría un contrato que solo indique la matrícula y el precio. Es demasiado poco para resolver una discusión posterior sobre el kilometraje, una avería conocida o el momento exacto en que se entregó el coche.
- Nombre completo o razón social, DNI, NIE o CIF y domicilio de ambas partes.
- Marca, modelo, matrícula, número de bastidor y fecha de primera matriculación.
- Kilometraje que muestra el vehículo en el momento de la entrega.
- Precio total, forma de pago y, si procede, cantidad entregada como señal.
- Fecha, hora y lugar de la firma y de la entrega del vehículo.
- Estado de la ITV, accesorios incluidos, número de llaves y documentación entregada.
- Defectos, daños, modificaciones o avisos que el comprador conozca.
- Declaración sobre embargos, precintos, reserva de dominio u otras cargas.
La hora de entrega no es un detalle decorativo. Si el coche recibe una multa por una infracción cometida después de la entrega, esa información ayuda a demostrar quién tenía el control del vehículo en ese momento. Cada parte debe conservar una copia completa y firmar o rubricar todas sus páginas.
Una cláusula útil sobre el estado del coche
El contrato puede indicar que el comprador ha examinado el vehículo, ha realizado una prueba y conoce los defectos descritos. Eso aporta transparencia, pero no convierte cualquier problema en responsabilidad automática del comprador. Una frase genérica como “se vende en el estado en que se encuentra” no debería utilizarse para ocultar averías conocidas ni para eliminar derechos que la ley pueda reconocer.
Si la venta la realiza un profesional, la operación queda sometida a un régimen distinto del de una compraventa entre particulares. En ese caso pediría siempre una factura detallada, las condiciones de garantía y la identificación fiscal de la empresa.
Comprobar la ITV, las cargas y la situación real antes de firmar
La ITV confirma que el vehículo ha superado una inspección técnica, pero no certifica que el motor, el embrague o el aire acondicionado estén en buen estado. Por eso separo siempre dos comprobaciones: la situación administrativa y el estado mecánico.
La DGT ofrece un informe reducido gratuito y otros informes más completos. El informe detallado puede mostrar el historial de ITV, kilometraje registrado, número de titulares, avisos de revisión y cargas que dificulten la transferencia. El informe completo tiene un coste de 8,67 euros según la información publicada por la DGT.
| Comprobación | Qué permite detectar | Qué conviene hacer |
|---|---|---|
| ITV | Caducidad, resultado y próxima inspección | Comparar la fecha del informe con la tarjeta ITV |
| Informe DGT | Embargos, precintos, cargas, titulares e incidencias | Solicitarlo antes de entregar dinero |
| Impuesto municipal | Posibles recibos pendientes del IVTM | Pedir el último justificante de pago |
| Estado mecánico | Desgaste, fugas, ruidos o reparaciones costosas | Hacer una prueba y, si es posible, una revisión profesional |
También revisaría que el número de bastidor coincida en el coche, la ficha técnica y el informe. Una discrepancia, por pequeña que parezca, es motivo suficiente para detener la operación hasta aclararla.
La reserva de dominio exige especial cuidado
La reserva de dominio suele aparecer cuando el vehículo se compró mediante financiación. Mientras no se pague completamente el préstamo y se cancele la carga en el Registro de Bienes Muebles, el cambio de titularidad puede quedar bloqueado.
En ese supuesto, no aceptaría la promesa de que “ya se arreglará después”. El vendedor debe conseguir la carta de cancelación de la financiera y tramitar la baja de la reserva. La DGT señala que esta anotación puede tardar aproximadamente 15 días en reflejarse una vez presentada la documentación, aunque el tiempo real depende del registro y de la entidad.
Qué trámites hay que hacer después de la firma
Firmar el documento no termina la operación. El contrato prueba la compraventa, pero el vehículo debe quedar registrado a nombre del comprador y la documentación administrativa tiene que actualizarse.
- El comprador liquida o justifica el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, normalmente mediante el modelo 620 o 621, según la comunidad autónoma de su domicilio fiscal. Si vende una empresa, normalmente se aporta factura y el tratamiento fiscal puede ser diferente.
- El comprador solicita el cambio de titularidad ante la DGT, por internet con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico, o de forma presencial con cita previa.
- Se presenta el contrato firmado, la identificación de las partes, el permiso de circulación, la justificación fiscal y el resto de documentos exigidos.
- El vendedor realiza la notificación de venta para dejar constancia de que el coche ya no está bajo su responsabilidad administrativa.
- El comprador contrata el seguro obligatorio y confirma que la ITV está vigente antes de circular.
El plazo del comprador para solicitar la transferencia es de 30 días desde la firma. El vendedor dispone de 10 días para comunicar la transmisión, pero mi recomendación práctica es hacer la notificación el mismo día o al siguiente, conservando el justificante.
La notificación de venta no sustituye a la transferencia. Si el comprador no completa el cambio de titularidad, el vendedor queda mejor protegido frente a multas posteriores, pero el vehículo seguirá necesitando un nuevo permiso de circulación a nombre del adquirente.
Qué ocurre si la ITV está caducada o es desfavorable
Un coche con la ITV caducada no puede circular legalmente por carretera, ni siquiera para llevarlo a la estación de inspección. Para trasladarlo hay que utilizar una grúa u otro medio autorizado. Esta es una de las confusiones más habituales cuando se compra un vehículo barato que lleva meses parado.
La transferencia puede anotarse aunque la inspección periódica no esté al día, pero Tráfico puede no expedir el nuevo permiso de circulación hasta que el vehículo supere favorablemente la ITV. En la práctica, esto significa que comprar primero y resolver la inspección después puede dejar el coche inmovilizado y generar gastos adicionales.
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Cómo dejar reflejado el problema en el contrato
Si el comprador acepta hacerse cargo de una ITV pendiente, el contrato debe decirlo de forma expresa. También conviene indicar quién paga la inspección, las reparaciones y el transporte en grúa. Una redacción clara podría señalar que el vehículo se entrega con la ITV caducada, que el comprador conoce esta circunstancia y que no podrá circular hasta superar la inspección y contratar el seguro correspondiente.
Para un turismo de uso particular, la primera ITV suele realizarse a los 4 años desde la primera matriculación. Después se pasa cada 2 años hasta cumplir 10 años y, a partir de entonces, anualmente. La periodicidad puede cambiar según el uso y la categoría del vehículo, por lo que siempre comprobaría la fecha concreta en la tarjeta ITV o en el informe administrativo.
Errores que suelen complicar la compraventa
El error más caro suele ser entregar el dinero confiando únicamente en la palabra del vendedor. El segundo es firmar un modelo descargado sin completar los apartados importantes. Un contrato corto no es necesariamente malo, pero debe ser preciso y coherente con la situación real del vehículo.
- No comprobar el bastidor antes de firmar.
- Aceptar un precio diferente del que aparece en el contrato.
- Dejar en blanco la fecha o la hora de entrega.
- No describir golpes, testigos encendidos o averías conocidas.
- Confundir una ITV favorable con una revisión mecánica completa.
- Comprar un vehículo con reserva de dominio sin un plan documentado para cancelarla.
- Permitir que el comprador se marche sin seguro o con la ITV caducada.
- No guardar justificantes de pago, mensajes y copias de la documentación.
Yo añadiría al expediente fotografías del vehículo tomadas el día de la entrega, especialmente de la matrícula, el kilometraje y los daños visibles. No sustituyen al contrato, pero pueden ser una prueba útil del estado y del momento de la entrega.
También conviene revisar si el precio anunciado incluye gastos de gestoría, impuesto, tasa de Tráfico o transporte. La tasa de la DGT y el impuesto autonómico no son lo mismo, y el ITP no tiene un importe único para toda España: depende de la comunidad autónoma, del valor fiscal y de las características del vehículo.
Una firma bien hecha deja claro quién debe hacer cada cosa
Antes de cerrar la operación, comprobaría cuatro elementos en este orden: identidad del vendedor, situación administrativa, estado de la ITV y contenido del contrato. Si uno de ellos no encaja, prefiero retrasar la compra antes que intentar resolver el problema cuando el dinero y el coche ya han cambiado de manos.
El comprador debe salir con su copia firmada, la documentación disponible y un plan para liquidar el impuesto y solicitar la transferencia dentro de 30 días. El vendedor debería conservar el contrato, el justificante de pago y la notificación de venta. Son gestiones sencillas, pero juntas marcan la diferencia entre una compraventa ordenada y una cadena de reclamaciones.